El pasado viernes 24 de enero se publicó la Circular 3/2020 de la CNMC en la que se detallaban algunos de los cambios normativos que sufrirá el mercado eléctrico debido a la aplicación de la nueva metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución.

Las comercializadoras y las distribuidoras tendrán de plazo para adaptar contadores, contratos, sistemas de facturación etc., hasta el 1 de noviembre de 2020.

¿Que supone esta circular con respecto a la situación actual?

La circular introduce la discriminación y nueva distribución horaria en todas las tarifas ademas de la unificación de las tarifas de menos de 15 kW.

A continuación te mostramos como queda la nueva estructura de peajes recogida en la nueva normativa.

1.      Nueva estructura de peajes

Peaje 2.0TD

  • Desaparece la tarifa, 2.0A, 2.0DHA, 2.0DHS  y 2.1A, 2.1DHA, 2.1DHS. Todas estas tarifas, con una potencia inferior a 15 kW, pasan a formar única tarifa denominada 2.0TD.
  • Constará de dos periodos de potencia y tres de energía consumida.

Una vez entre en vigor la nueva normativa todas las tarifas se caracterizarán por tener discriminación horaria.

Peaje 3.0TD (anterior tarifa 3.0A)

  • La tarifa 3.0TD tendrá seis periodos de potencia y seis periodos de energía.
  • La potencia contratada debe ser superior a 15 kW en alguno de los 6 periodos de potencia.
  • La potencia contratada en el periodo n debe de ser siempre igual o mayor a la potencia contratada en el periodo anterior (periodo n-1).
  • Desaparece la tarifa 3.1A la cual pasa a integrarse dentro de la tarifa 6.1TD

Peaje 6.1TD

  • Tarifa con 6 periodos de potencia y seis de energía.
  • La potencia contratada en el periodo n debe de ser siempre igual o mayor a la potencia contratada en el periodo anterior (periodo n-1).

Peaje 6.2TD

  • La tensión de esta tarifa pasa a ser superior a 30 kV e inferior a 72,5 kV
  • Tarifa con 6 periodos de potencia y seis de energía.
  • La potencia contratada en el periodo n debe de ser siempre igual o mayor a la potencia contratada en el periodo anterior (periodo n-1).

En el siguiente gráfico encontrarás una comparativa de las tarifas de acceso actuales frente a las que esperan como resultado de la aplicación de la Circular 3/2020.

Las tarifas de menos de 15Kw (las nuevas denominadas 2.0TD) tendrán tres franjas horarias (Punta, llano y valle) mientras que el resto de tarifas tendrán una discriminación de 6 periodos.

2.     Nueva distribución horaria
  • Distribución horaria para las tarifas 6.1TD y 3.0TD en la Península

2.1.1 Aspectos relevantes de la nueva distribución horaria en Península

Enero, febrero, julio y diciembre se reduce el número de horas en P2 y se incrementa en P1.
Marzo y noviembre se eliminan las horas de P4 y se introducen horas en P2.
En los meses de abril, mayo y octubre además de P6 y P5 también habrá P4.
El mes de agosto ya no es únicamente P6, ahora también tiene P4 y P5. Reduciéndose así las horas de P6 en todo el año.
Junio pasará a tener únicamente P6, P3 y P4 para todo el mes, por lo que en la segunda quincena de junio ya no habrá P1 y P2.
Septiembre el P3 pasa a tener más peso que P4.

  • Distribución horaria para las tarifas 6.1TD y 3.0TD en las Islas Baleares

2.1.2 Aspectos relevantes de la nueva distribución horaria en Baleares

En enero y febrero se reduce el número de horas de P4 y se incrementa el de P3

Marzo se reducen el nº de horas de P5 y se introducen horas en P4

Abril ya no solo será P6, sino que también habrá P4 y P5 como en el mes de marzo

Mayo y octubre se elimina P4 y se introduce P2 (el c cual tendrá mas horas de las que tenía P3).

Julio, junio, agosto y septiembre se reducen el número de horas en P2 e incrementan las de P1.

Noviembre se eliminan horas de P5 y se introducen horas de P4 las cuales tendrán mayor peso.

Diciembre se eliminan las horas de P5 y que pasan a ser horas en P3 y P4 (este último tendrá mayor peso).

  • Distribución horaria para las tarifas 6.1TD y 3.0TD en las Islas Canarias

2.1.1 Aspectos relevantes de la nueva distribución horaria en Islas Canarias

Enero y febrero se eliminan las horas de P3 y se introducen horas de P2.

Marzo se eliminan las horas de p5 y se introducen de P2 y P4. Tendrá la misma distribución horaria que enero y febrero.

Abril y junio se eliminan horas de P5 y se introducen horas de P4.

Mayo se eliminan horas de P6 y se introducen horas de P4 y P5. Abril, mayo y junio tendrán la misma distribución horaria.

Julio y agosto se eliminan horas de P4 y se introducen de P1. El número de horas en P1 será mayor a las de P3.

Septiembre y octubre se elimina las horas de P2 y se introducen de P3. Tendrán la misma distribución que los meses de julio y agosto.

Noviembre y diciembre se eliminan las horas en P1 y se introducen horas en P3.

  • Distribución horaria para las tarifas 2.0TD en Península, Islas Baleares e Islas Canarias

Como ya hemos comentado anteriormente las tarifas 2.0TD pasan a tener 2 periodos de potencia y 3 periodos de energía para toda España.

¿Que supone esta circular con respecto a la facturación de nuestra energía y potencia?

Termino de Energía

Este concepto se facturará tal y como se estaba haciendo hasta el momento.

Potencia contratada

Se seguirá facturando como hasta ahora, salvo en la tarifa 2.0TD que a partir de ahora incluirá dos potencias (hay que tener en cuenta que la potencia de P2 debe ser mayor o igual a la de P1).

Potencia demandada

La facturación de este término dependerá del tipo de punto de medida que se disponga (para ver los distintos puntos de medida existentes ver Real Decreto 11110/2007 de 24 de agosto).

  • Punto de medida 5 (Potencia contratada inferior o igual a 15 kW), se ubicarán en este punto de medida todos aquellos suministros que estén en peaje 2.0TD.

Existirá un elemento de corte en el equipo de medida con tele gestión o un ICP que cortará el suministro en el caso de que la potencia demandada sea superior a la contratada; tal y como se venía haciendo hasta el momento.

En el caso de que el punto de medida no sea interrumpible se facturará por maximetro.

  • Punto de medida 4 (Potencia contratada superior a 15 kW e inferior o igual a 50 kW): se ubicará en este apartado tarifas 3.0TD y 6.1TD.

Se facturará por maximetros o por cuartohorarias en el caso de que se disponga de aparato de medida que registre la potencia cuartohoraria máxima demandada en cada periodo.

En el caso de que el punto de medida no sea interrumpible se facturará por maximetro.

  • Punto de medida tipo 1, 2 y 3 (Potencia contratada a partir de 50 kW): se ubicará en este apartado tarifas 3.0TD y 6.XTD.

El control de potencias se llevará a cabo mediante las mediciones cuartohorarias de los equipos de medida y se facturará por cuartohorarias.

La fórmula para el cálculo de la facturación de los excesos de potencia se ha modificado, con el fin de desincentivar que la potencia contratada sea inferior a la potencia realmente demanda.

Energía reactiva

Se facturará como hasta el momento, pero con la novedad de que hasta 2025, los consumidores en Media y Alta Tensión deberán de mantener de forma horaria un factor de potencia de 0,98 en P6; de lo contrario se aplicara una penalización de 0,05€/kVarh.