Real Decreto-ley 18/2026: cambios fiscales en gas y electricidad

Jul 6, 2026

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, que incorpora un conjunto de medidas extraordinarias dentro del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio. Entre las novedades más relevantes destacan varios cambios fiscales que afectan al gas natural, la electricidad y a la producción de energía eléctrica durante los próximos meses.

A continuación, resumimos las principales medidas para que empresas, consumidores y agentes del sector energético puedan conocer su alcance.

Cambios en el Impuesto sobre Hidrocarburos para el gas natural

El Real Decreto-ley modifica temporalmente el tipo impositivo del gas natural para uso no profesional, estableciendo los siguientes valores:

  • Del 1 al 31 de julio de 2026: 1,08 €/MWh.
  • Del 1 al 31 de agosto de 2026: 1,33 €/MWh.

No obstante, si el IPC del gas natural correspondiente a junio de 2026 supera en más de un 15 % el registrado en el mismo mes del año anterior, según los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), el tipo aplicable durante agosto será de 0,83 €/MWh.

Para el mes de septiembre se contemplan distintos escenarios:

  • Tipo general: 1,55 €/MWh.
  • Tipo reducido de 0,83 €/MWh, si el IPC del gas natural de julio de 2026 supera en más de un 15 % el del mismo mes del año anterior.
  • Tipo de 1,08 €/MWh, si en julio no se supera ese incremento del 15 %, pero sí se hubiera superado en junio.

Estas medidas pretenden adaptar la fiscalidad del gas natural a la evolución de los precios energéticos.

IVA de la electricidad: vuelve el tipo reducido del 10 %

Otra de las novedades del Real Decreto-ley 18/2026 afecta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de la electricidad.

Entre el 1 de agosto y el 30 de septiembre de 2026, el suministro eléctrico tributará al 10 % de IVA para aquellos contratos con una potencia contratada igual o inferior a 10 kW, independientemente del nivel de tensión o de la modalidad de contratación.

La aplicación de este tipo reducido queda condicionada a que el IPC de la electricidad de los meses de junio y julio de 2026 registre un incremento superior al 15 % respecto al mismo periodo del año anterior.

Reducción del Impuesto Especial sobre la Electricidad

El Real Decreto también contempla una reducción temporal del Impuesto Especial sobre la Electricidad, cuyo tipo impositivo se fija en el 0,5 % entre el 1 de agosto y el 30 de septiembre de 2026.

Al igual que sucede con el IVA, esta medida solo se aplicará si el IPC de la electricidad correspondiente a junio y julio supera en más de un 15 % el registrado un año antes.

Cambios en el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE)

Las empresas generadoras también se verán afectadas por modificaciones en el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE).

El Real Decreto establece las siguientes minoraciones sobre las retribuciones que forman parte de la base imponible:

  • 30 % de reducción para las retribuciones correspondientes al tercer trimestre de 2026.
  • 40 % de reducción para las retribuciones correspondientes al cuarto trimestre de 2026.

Asimismo, se mantiene el sistema habitual de pagos fraccionados acumulativos, adaptándolo a las reducciones fiscales aprobadas durante todo el ejercicio 2026.

En el tercer pago fraccionado se tendrán en cuenta las minoraciones ya aplicadas durante el primer y segundo trimestre, incorporando además la reducción del 30 % correspondiente al tercer trimestre.

Por su parte, el cuarto pago fraccionado incluirá las reducciones acumuladas de todo el ejercicio, incorporando también la minoración del 40 % aplicable a las retribuciones del cuarto trimestre.

¿Qué impacto tienen estas medidas?

Las medidas incluidas en el Real Decreto-ley 18/2026 buscan amortiguar el efecto de la volatilidad de los mercados energéticos mediante ajustes fiscales condicionados a la evolución del Índice de Precios de Consumo (IPC) del gas natural y de la electricidad.

En la práctica, estas modificaciones pueden afectar tanto al coste energético de consumidores y empresas como a la fiscalidad aplicable a los productores de electricidad, por lo que resulta recomendable realizar un seguimiento de la evolución del IPC y de las publicaciones oficiales del INE.

Para conocer el contenido íntegro del Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, puede consultarse el texto publicado en el Boletín Oficial del Estado.

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